DISPOSITIVA
En atención a todas y cada una de las consideraciones que anteceden Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la recusación interpuesta por los ciudadanos ROBERTO JOSE CARLOS TOVAR GARCIA y WILANGY MERCEDES NIÑO SUCRE, en su carácter de Victimas Querellantes, debidamente asistidos por su Apoderada Judicial abogada SANDRA ELIZABETH MENDOZA HENRIQUEZ, en contra del abogado ANA MARIA BLANCO SANDOVAL, Jueza del Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua. SEGUNDO: Se ADMITE la incidencia de recusación interpuesta por los ciudadanos ROBERTO JOSE CARLOS TOVAR GARCIA y WILANGY MERCEDES NIÑO SUCRE, en su carácter de victimas querellantes, debidamente.....