PRIMERO: ADMITE y DECLARA SIN LUGAR la inhibición propuesta por el Abg. PEDRO ANTONIO LINAREZ, Juez Tercero (3°) en Función de Juicio, en la causa N° 3J-3259-21 (nomenclatura alfanumérica de ese Juzgado), seguida a los acusados RUT ABIGAIL VARGAS AREN, portador de la cédula de identidad N° V-24.818.454, WINDERSON JONAIKER ZURITA, titular de la cédula de identidad N° V-30.836.478, y DIEGO JONAIKER DOMÍNGUEZ FLORES, cedulado bajo el N° V-20.94.339, en virtud de no existir fundamento legal alguno que motive la inhibición planteada por el recurrente.
SEGUNDO: Se ORDENA remitir el expediente 3J-3259-21, al Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Función de Juicio, a los fines que el Juez Abg. PEDRO ANTONIO LINAREZ, continúe el conocimiento de la causa.