DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de apelación con efecto suspensivo interpuesto por el abogado JESUS RAFAEL DURAN, en su carácter de Fiscal de Flagrancias del Ministerio Público del estado Aragua.
SEGUNDO: Se admite y se declara SIN LUGAR el recurso de apelación incoado en la modalidad de efecto suspensivo ejercido por el abogado JOSE VEGA, en su carácter de Fiscal de Flagrancias del Ministerio Público del estado Aragua, contra la decisión dictada en fecha veintitrés (2023), por el JUZGADO PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado impone Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de conformidad con e.....