DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto por parte de la abogada CEDRYS PALENCIA, en su defensora pública de las imputadas NOHEMÍ CARVAJAL y ROSA CARVAJAL, contra la decisión dictada por el Juzgado Noveno (9°) en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha seis (06) de abril de dos mil diecisiete (2017), en la causa signada bajo el Nº 9C-23.234-17, (Nomenclatura del Juzgado de Instancia).
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el recurso de apelación interpuesto por parte de la abogada CEDRYS PALENCIA, en su defensora pública de las imputadas NOHEMÍ CARVAJAL y ROSA CARVAJAL, contra la decisión dictada por el Juzgado Noveno (9°) en Funcio.....