En este estado este Juzgado (Primero en Función de Control). Sección Penal Responsabilidad del Adolescente. Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Se califica la FLAGRANCIA, por considerar que los hechos expuestos por el representante del Ministerio Público, se corresponden a un delito en circunstancias de flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en efecto, el adolescente fue aprehendido momentos después de haberse cometido el hecho punible, cuando por la acción de la víctima logran desactivar el encendido de la moto por el sistema de seguridad y la moto apagada impacta contra un vehículo que transitaba por la zona, situación que es aprovechada por los vecinos del sector quienes aprehenden al adolescente imputado y su acompañante, lográndose recuperar dos de las motos objeto del robo. En atención a l.....