Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente indicadas, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Rechaza totalmente la Acusación presentada por la Fiscalía 18° del Ministerio Público contra del adolescente LESQ (IDENTIDAD OMITIDA), por el delito de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal; conforme a lo establecido en el Literal "a", del artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL a favor del adolescente LESQ (IDENTIDAD OMITIDA), en la investigación relacionada con la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal; conforme a lo dispuesto en el artículo 578, Literal "a" parte in fine de la Ley Orgánica para la .....