Este Tribunal Primero de Control, luego de escuchar al Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Fijar un plazo de 30 días, contados a partir del día de hoy, al Ministerio Público a fin de que finalice la investigación seguida en contra del hoy imputado adolescente, WJGA (IDENTIDAD OMITIDA), Acompañado de su representante Legal la ciudadana EJGA (IDENTIDAD OMITIDA) (MADRE), por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previstos y sancionados en el artículo 453 del Código penal. Debiendo presentar acto conclusivo respectivo dentro del lapso fijado de conformidad con el artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se dan por notificadas las partes, de la decisión, con la lectura de la presente acta. Se deja constancia que el acto t.....