DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: ORDENA LA UBICACION del adolescente IDENTIDAD OMITIDA (ART.65 LOPNNA), de conformidad con lo previsto en los literales 581 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por estar presuntamente incurso en el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ciudadano JOSE GUAITA, para lo cual deberá comisionarse a los distintos órganos de seguridad del Estado. Líbrese lo conducente. Notifíquese del presente fallo a las partes. Cúmplase. Diarícese.
LA JUEZA;
ABG. DAYMAR ELENA BLANCO RANGEL
LA SECRETARIA;
ABG. REYNALDA CARMONA
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