DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA EN REBELDIA Y ORDENA LA UBICACIÓN del sancionado M.M.D.A (IDENTIDAD OMITIDA), por encontrarse incurso en el delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, USO DE FASCIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo114 de la Ley de Control y Desarme de Armas y Municiones Y LESIONES PERSONALES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, de conformidad con lo pautado en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y a tales efectos, acuerda librar ORDEN DE UBICACIÓN, para ser remitida al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Aragua, División de Cap.....