DISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Único en Función de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: acuerda fijar audiencia de revisión de la medida de Privación de Libertad, en relación a la sancionada P.F.P.C. (IDENTIDAD OMITIDA), venezolana, titular de la cedula de identidad N° 28.050.210, de 17 años de edad, fecha de nacimiento 01/08/2001 residenciado en sector el toquito, calle principal casa Nº 07, Parroquia Ezequiel Zamora, Villa de Cura estado Aragua, quien se encuentra sancionado en la Causa N° EA-3358-18, para el día JUEVES VEINTE (20) DE DICIEMBRE DE 2.018 A LAS 11:3.....