DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho, antes expuestas, este Juzgado Único en función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad, que le confieren las normas 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: PREVIA REVISION de la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, que pesa contra el sancionado J.A.H.H. (IDENTIDAD OMITIDA), se ordena MANTENER dicha sanción, para ser acatada en el Centro de Medidas Privativas de Libertad "Simón Rodríguez" (SAPANNA), por considerar quien aquí decide, que el sancionado no ha superado las carencias que lo hicieron incurrir en hechos punibles. SEGUNDO: acuerda fijar nueva fecha ante el Equipo Multidisciplinario para que dicho adolescente sea reevaluado en seis (6) meses, de conformidad con lo estab.....