DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente señaladas, este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara la legalidad de la aprehensión, ante la existencia de orden una orden de captura, contra el sancionado CARLOS ELIEZER FARIAZ RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-30.043.328, nacido en fecha 18/12/2002 residenciado en CALLE INDEPENDENCIA GUAMACHO, AVENIDA PRINCIPAL, CASA Nº 46, ESTADO ARAGUA. SEGUNDO: DECRETA DECLINATORIA DE COMPETENCIA DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. TERCERO:: ACUERDA dejar sin efecto orden de ubicación N° 016-21 y Orden de Captura N° 038-22 de fecha 21/04/2022. Líbrese los oficios respectivos. Es Todo, terminó se leyó y conformes firman.
JUEZ,
DR. ANGEL ANTONIO MERCADO
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