Por todas las razones anteriormente señaladas, este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: decreta como legitima la aprehensión del sancionado iuris J.C.V.A (IDENTIDAD OMITIDA), por cuanto presenta ordenes de ubicación y captura números 188 y 263-19, de los días 21/11/18 y 06/06/19. SEºGUNDO: acuerda dejar sin efecto las órdenes de ubicación y captura antes señaladas, celebrado como ha sido este acto. TERCERO: revocan las sanciones REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, y se impone en su lugar la medida PRIVACION DE LIBERTAD, POR ESPACIO DE TRES (03) MESES, fijándose como fecha de cumplimiento el día 20-05-20, para ser acatada en el Centro de Atención al Detenido Alayon, estado Aragua. Se hace constar que las partes quedan debidamente notificadas en au.....