DISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y derecho que han sido expuestas, este Juzgado de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en de las atribuciones legales conferidas en los artículos 622, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PUBLICA, acordándose la modificación de la sanción de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, impuesta contra el ciudadano A.M.C.T. (IDENTIDAD OMITIDA), en cuanto a la asignación de nuevo lugar para su acatamiento, quedando fijado el "CENTRO DE LIBERTAD ASISTIDA SAN JOSE" ubicado en Maracay, (SAPANNA ) estado Aragua, y a tales efectos, se ordena oficiar lo pertinente. Notifíquese a la parte Fiscal, la Defensa y al joven adulto. Déjese copia de la presente decisión. Diarícese. Cúmplase.