En virtud de las razones antes expuestas este Tribunal Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la empresa "Constructora Monarca, C.A.", contra la decisión dictada en fecha 03 julio de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: LA UNIDAD ECONÓMICA entre las empresas CONSTRUCTORA AMBAR C.A., CONSTRUCTORA JERARCA, C.A., CONSTRUCTORA CELESTE, C.A., Y CONSTRUCTORA MONARCA, C.A. TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal .....