CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte actora ciudadano CASIMIRO RIPOLL PÉREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-15.472.799. SE REVOCA el auto dictado el 26 de Enero de 2006 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.