Se declaró INADMISIBLE EL RECURSO DE AMPARO SOBREVENIDO incoado por el ciudadano JOSE GREGORIO CAPOTE ORELLANO, ya identificado, asistido por el abogado ROSALINO MEDINA, ya identificado, en contra del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.