V
DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, incoada por el ciudadano JORGE ANTONIO BELLO MEDINA, suficientemente identificado en autos, en contra de la empresa, MANUFACTURA DEL PAPEL, C.A., MANPA , S.A.C.A., suficientemente identificado en autos, en.
EN virtud de esto, se condena a pagar:
? Se estable como base del calculo el salario mensual de 1.195.791,11Bs., a la fecha de su despido y de allí hacía el pasado hasta el mes de febrero del año 95, que incluye los conceptos del Fondo de Ahorro establecidos en esta sentencia. Asimismo deberán ser recalculadas las Prestaciones Sociales pagadas al Trabajador desde el 2 de Febrero de 1995 ha.....