Este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en atención a los criterios sostenidos de manera pacífica y reiterada por los Tribunales Laborales de la República Bolivariana de Venezuela y las Jurisprudencias de la Sala de Casación Social, este Juzgado de conformidad con el articulo 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: DESISTIDA LA ACCION, en la demanda incoada por la ciudadana LISETTE KARINA PEREZ en contra de la empresa PROYECTOS METALMECANICA Y CONSTRUCCIONES, C.A. (PROYEMEC). Se declara concluida la audiencia. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Así se establece. Es Todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Temporal,
Abg. HECTOR CASTELLANOS AULAR.
Por la parte demandada.
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA,
La Secretaria,
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