En consecuencia declara: SE REPONE LA PRESENTE CAUSA, al estado de que se libren nuevamente los Carteles de Notificación a la parte demandada representada por ISERCA INTEGRAL DE SERVICIOS C.A. en la persona del ciudadano Desiree Z. Blanco M, en su carácter de Gerente General o en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales ALFREDO AGUSTIN ARANGO GARCIA, Inpreabofgado 69.977, MARISABEL VILORIA, Inpreabogado No.67.113, CARLOS ZUMBO, Inpreabogado No.91.505 y JOSE LUIS LUGO CALDERA, Inpreabogado No.82.893; según se evidencia del instrumento poder que cursa en autos a los folios 369 al 374, en la dirección indicada por el actor: CENTRO COMERCIAL MARACAY PLAZA, NIVEL UNO, SECTOR TRES, LOCAL 31-B, ENTRE LA AVENIDA BERMUDEZ Y AVENIDA ARAGUA MARACAY, ESTADO ARAGUA y a la sociedad A - TEMP C.A. (EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL C.A.), en la persona de la Ciudadana Norys M Natera, en su carácter de Directora General o en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales ALFREDO A.....