este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en virtud de los cálculos realizados, ajustados conforme a la Ley, declara: CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano: LUIS ALBERTO PETIT, titular de la Cédula de Identidad Número V.- 4.231.557, debidamente asistido por el abogado JAHVIER ALEJANDRO LEMUS CASTAÑEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.407, contra la persona natural WILLIAM TORRES, titular de la Cédula de Identidad Número V.-7.040.517, y se le condena a pagar las siguientes cantidades: