Por todas las razones anteriormente expuestas y con fundamento en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en virtud de los cálculos realizados, declara: CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano: WILMER ALEXANDER PALENCIA VEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.274.857, en contra de la sociedad mercantil GALENOS CLUB, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 16 de marzo de 2.006, bajo el Nro. 21, Tomo 17-A.