VI. DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia y por autoridad de la ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: Homologa la Transacción celebrada entre el ciudadano DANIEL JOSE GIL YANES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.779.588 y de este domicilio, y la parte accionada-ejecutada Empresa Mercantil COMPAÑIA DE PROTECCION DELTA COMPROTECCION C.A.
SEGUNDO: Cosa Juzgada en el presente Juicio.
TERCERO: Se ordena notificar a la empresa Mercantil COMPAÑIA DE PROTECCION DELTA COMPROTECCION C.A. a los fines de que cancele los honorarios profesionales a la experto contable Lic. Mariela Sandoval.
CUARTO: Se ordena agregar a las actas que conforman el expediente el tercer .....