Se imparte la HOMOLOGACIÓN del acuerdo alcanzado por las partes en el proceso de mediación promovido por este Juzgado y contenidos en la presente acta, dándole efecto de COSA JUZGADA. Segundo: Se procederá al cierre y archivo del presente expediente una vez que conste a los autos el pago acordado, dando un lapso de tres (03) días hábiles, a los fines de dar tiempo suficiente para que la parte actora manifieste cualquier eventualidad para hacer efectivo el cheque. Tercero: La parte demandada hace entrega en este acto a la parte actora de las siguientes documentales: Planilla de Liquidación de Prestaciones Sociales, Constancia de Trabajo, Relación de Aportes al Banavih, Constancia de registro del IVSS, Constancia de egreso del IVSS, Constancia de Trabajo del IVSS y Comprobante de retención de Impuesto Sobre la Renta.