En mérito de las consideraciones precedentes expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Levantar la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar que pesa sobre inmueble propiedad de la codemandada Distribuidora Eléctrica C.A. (DISELCA), descritos en la parte motiva de esta decisión.