ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito (URDD) de este Circuito Judicial laboral, a los fines de su distribución entre los Juzgados Superiores del Trabajo, Órgano Jurisdiccional Natural para conocer de la presente controversia conforme a las Jurisprudencias emanada del Tribunal Supremo de Justicia, sin necesidad de declararse Incompetente y plantear innecesariamente un conflicto de no conocer, considerando que el competente por ser el Juez Natural son los Juzgados Superiores del Trabajo