Ahora bien, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en sus artículos 5,6 y 11 contemplan la RECTORÍA DEL JUEZ EN EL PROCESO, este principio permite la dirección y el mandato de Juez en los procesos, pues por formar parte del mismo, tienen la facultad de impulsarlo aún de oficio. El Juez es quien preside el proceso, participa directamente en la sustanciación del proceso y en el debate procesal correspondiente; con fundamento a ello y a lo señalado anteriormente, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena la REPOSICION DE LA CAUSA al estado de librar nuevamente cartel de notificación a la empresa demandada empresa "SANITARIOS MARACAY S.A", por consiguiente se deja sin efecto el acta levanta de fecha 16 de Febrero 2007"...; siendo la ultima actuación de fecha dos de mayo 2007, en base a ello este Tribunal pa.....