Por lo que, con fundamento y en razón de lo antes expuesto y como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio transcurrió holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCION y extinguido el proceso en el juicio que por Calificación de despido le sigue el ciudadano ARGENIS ALEXANDER PEREZ AULAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.277.693, contra de la empresa CONSTRUCTORA MARIN, REGISTRESE y PUBLIQUESE.