Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE REFORMA DE DEMANDA DE DISOLUCION DE SINDICATO, presentada por la Sociedad Mercantil IPA INDUSTRIA PRODUCTOS ASFALTICOS, F. HAAS & CIA. SUCRS. S.A. a través de su apoderado judicial Abogado IVAN RIVERO SOSA, Matricula de Inpreabogado N° 94.178, en contra de la ORGANIZACIÓN SINDICAL DENOMINADA "SINDICATO BOLIVARIANO Y REVOLUCIONARIO DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS DE LA EMPRESA INDUSTRIA PRODUCTOS ALFATICOS, S.A. (SIMBORE-IPA). Así se decide.