Visto el contenido del acuerdo transaccional presentado en fecha 19 de enero del año en curso, por la Abogado CECILIA MOURE.,Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad número 5.275301, inscrita en el inpreabogado bajo el número 89.048, en su carácter de apoderada judicial de la actora, y el Abogado JUAN MARQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 32.633, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "DROGUERIA LA NENA, C.A.", parte demandada en el presente asunto, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el Nro. 19, Tomo: 53-A, con domicilio en San Joaquín de Turmero, Calle Lazo Marti Nª 19, Turmero Estado Aragua, mediante el cual convienen en pagar la cantidad de SEISCEINTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bsf 640.500,oo ) de los cuales hace entrega a la apoderada judicial de la parte actora en este acto la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES ( Bsf 320.00,oo ), mediante d.....