Por todas las razones anteriormente expuestas, y con fundamento a los artículos 78 y 80 ordinal 3º del Código de Procedimiento Civil, que aplica y vincula esta Juzgadora al caso de autos por analogía conforme al Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA incoada por el ciudadano HECTOR VIZCAYA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 5.422.517, debidamente asistido por la Profesional del derecho Abogado JUAN JOSÉ NAVAS ALVARADO, titular de la cédula de identidad Nro. 9.430.387, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 67.766, por motivo de Solicitud de Calificación de Despido en contra de las Empresas KURT.....