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Decisiones del dia 16/12/2013

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : DP11-L-2012-001396 N° Sentencia : Fecha: 16/12/2013
Procedimiento:
Calificación De Despido
Partes:
MARIA ANGELICA MEDINA SEQUERA & EUROMERCADO, C.A.
Resumen:
Es por las razones anteriormente expuestas, que ESTE JUZGADO QUINTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa por CALIFICACIÒN DE DESPIDO que tiene incoado ciudadana MARIA ANGELICA MEDINA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.578.509, contra la demandada entidad de Trabajo EUROMERCADO, C.A. ASÍ SE DECIDE. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los Dieciséis (16) días del mes de Diciembre de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Juez/Ponente:
Mary Chirinos
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : DP11-L-2013-000866 N° Sentencia : Fecha: 16/12/2013
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
NESTOR ADRIAN USTARIS & TRANSPORTE M. R. 2010, C.A.
Resumen:
En consecuencia, por cuanto la Tercería Necesaria alegada fue ejercida y traída a los autos por el mismo tercero; este Despacho considera QUE EN VIRTUD DE SU ACTUACIÓN esta tácitamente notificado, y por cuanto ya esta a Derecho, se le otorgan los diez días de despacho que de conformidad a la Ley Adjetiva laboral, a los fines de que comparezca a la audiencia preliminar, sin necesidad de nueva notificación para las partes principales (actor y demandado principal), los cuales ya están a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; dicho lapso deberá ser computado al día siguiente de haberse vencido el lapso de Ley para que las partes puedan ejercer algún Recurso contra esta decisión interlocutoria, se ratifica la hora establecida en el auto de admisión para la Audiencia Preliminar Inicial, el cual es a las 09:00 a.m. Y ASÍ SE ESTABLECE.-
Juez/Ponente:
Mary Chirinos
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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