DECISIÓN
Por todas las razones supra indicadas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos MILDRED RAMIREZ, BERNARDO HENRIQUEZ, RUDY MORENO, DUNGLE MARTINEZ, DILSIA TABORDA y EDUARDO PAEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.197.208, V- 17.274.948, V- 18.177.631, V- 12.772.814, V-7.221.305 y V- 4.552.604 contra la FUERZA DE TRABAJADORES SINDICALMENTE ORGANIZADOS DE LAS ENTIDADES DE PRODUCTOS FARMACOLOGICOS, AGROQUIMICOS Y FITOSANITARIOS PARA USO VETERINARIO, SIMILAES Y CONEXOS DEL ESTADO ARAGUA (FUSINTRAFAGROQUIM), por lo que se ordena la DISOLUCIÓN DE SINDICATO, y en consecuencia una vez que haya quedado firme la presente sentencia se debe ofi.....