Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano GABRIEL ANGEL MORA GONZALEZ, venezolano, de este domicilio, cedula de identidad Nro. V-5.279.023, asistido por los Abogados en ejercicio Josefina Iriarte, Leonardo Piñero, Ronald Méndez y Yuri Alcina, inscritos en el I.P.S.A. bajo el Nº 78.651, 212.501, 232.443 y 155.977, en el mismo orden, contra la sociedad mercantil MAYOR Y DETAL DE PRODUCTOS LACTEOS MONTESANO, C.A., Y LACTEOS MONTECASTELLO, C.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 124 del Ley Orgánica Procesal del Trabajo., se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez transcurrido el lapso de Ley para ejercer los recursos respectivos
Dada, firmada y sellada en el Despacho de e.....