Las partes solicitan al ciudadano Juez Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Laboral del Estado Aragua, se sirva impartir a la presente transacción la HOMOLOGACIÓN correspondiente, para que tenga el efecto de COSA JUZGADA que le confiere la ley, y se expida copia certificada de la presente Transacción y del auto que imparta su Homologación, todo de conformidad con los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su Reglamento.
En éste estado la Parte Actora, debidamente representado por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio de su mandante.
Este Tribunal deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, conciente y espontánea expresada por las partes y en virtud de dicho acuerdo no es contrari.....