PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL INTENTARA EL CIUDADANO LUCIDIO ANTONIO RAMOS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.768.586, y de este domicilio, contra INDUSTRIAS OREGON, S.A., sociedad mercantil domiciliada en Caracas, Distrito Capital, constituida mediante documento inscrito ante el Registro Mercantil Segundo de esa Circunscripción Judicial bajo el Nº 37, Tomo 120-A-Sgdo., en fecha 20 de diciembre de 1971; y en consecuencia SE CONDENA a la demandada a cancelarle a la parte actora la cantidad de CIENTO SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 173.364,20) por los conceptos detallados en la parte motiva de este fallo. Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte accionada, por cuanto no resultó totalmente vencida. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y una vez transcurran los lapsos respectivos para la int.....