esta Juzgadora declarar EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. En tal sentido este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en la demanda que por cobro de PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS de la ciudadana DAMARIS MARLENY CASTILLO PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nros. V-9.652.150, en contra de la Entidad de Trabajo BZS CONSTRUCCIÓN, S.A. Se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo el técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano ANDRÉS ELOY BLANCO. Dándose por cerrado el presente acto hoy, 06 de marzo del 2019, siendo las 9:15 a.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA,
LISSE.....