este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda que por Beneficios Laborales incoara el ciudadano JOSÉ ADISLAO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.615.753 en contra de la entidad de trabajo BARNICES VENEZOLANOS, C. A. (BARNIVEN, CA). SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo no hay condenatoria en costas. Déjense transcurrir el lapso procesal para el ejercicio de los recursos legales correspondientes.