este Tribunal Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por el Ciudadano CESAR EUGENIO PADILLA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.686.554, contra la entidad de trabajo VASOS VENEZOLANOS C.A., por motivo de ENFERMEDAD OCUPACIONAL, condenándose en consecuencia a la demandada a cancelar la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SENTA BOLIVARES EXACTOS (Bs. 449.660,00). SEGUNDO: Se ordena la indexación o corrección monetaria conforme a lo indicado en la parte motiva de la sentencia. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no se condena en costas.-