Por las razones y motivos aquí expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoaran las ciudadanas GREYDYS PIÑA y VIRGINIA CENTENO contra la UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA "MENCA DE LEONI C.A" todos plenamente identificados en autos. SEGUNDO: La demandada deberá cancelar a la demandante la cantidad de VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON ONCE CENTIMOS (Bs. 25.267.144,11) por concepto de prestaciones sociales. Le corresponden a Greydys Piña la cantidad de Bs. 16.155.368,15. y a Virginia Centeno la cantidad de Bs. 9.111.775,96 TERCERO: Realizar una experticia complementaria del fallo a los fines de obtener el monto correspondiente por los intereses de mora, desde la fecha de la culminación de la relaci.....