Recibido como se encuentra el presente expediente, proveniente del Juzgado Superior Segundo de este Circuito Judicial por revocatoria de sentencia dictada por este Despacho que declaró INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto por el Municipio Sucre del Estado Aragua, a través de sus apoderadas judiciales GLENDA DE LOS RIOS, THYANI CASARES y KAREN CASTELLANOS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.621.160, V-12.929.228 y V-17.143.220 respectivamente, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 41.269, 79.548 y 120.329, en su orden, contra providencia administrativa Nro. 00576-14 de fecha 30 de septiembre de 2014 emitida por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua, este Tribunal, en acatamiento al contenido de la sentencia dictada por a superior instancia, verificado que con el recurso fue solicitado amparo cautelar y que en ta.....