PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, celebrado en fecha nueve (09) de noviembre de 2012 (folios 107 al 112), suscrita por el Ciudadano JOSMER ERNESTO DIAZ MONTENEGRO parte actora, y su Apoderado Judicial Abogado JOAN MANUEL MARRERO, Inpreabogado N° 113.346; así como también por el Abogado JOSE ISAAC GOLDECHEID, Inpreabogado Nº 85.576, Apoderado Judicial de la parte accionada: Entidad de Trabajo BIOVEN, C.A.; por un monto de CIEN MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.100.000,00). SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez conste que la empresa accionada de cumplimiento al primer y último pago acordado. Así se decide.