D E C I S I Ó N
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 1.070, dictada por La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de diciembre de 2016, presentada por el abogado, ANTONIO CLARET GAMBOA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.000.579 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.71.326, con correo electrónico: gamboahernandez751@gmail.com, y número telefónico con Whatsapp: +58414-587-58-67, actuando en este acto como representante judicial de la ciudadana, MARÍA GABRIELA PITA CARTA, venezolana, mayo.....