DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del Recurso de Apelación de Auto, de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, interpuesto por la abogada JOSELYN VARGAS, Defensora Pública Auxiliar Quinta (05°), adscrita a la Defensa Pública del Estado Aragua, actuando en este acto en defensa del ciudadano JOSE RAMÓN RIVERO CHAVEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 10.513.199, en su carácter de acusado, en fecha veintidós (22) del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), en contra del Auto Fundado de Audiencia de Presentación publicado por el TRIBUNAL OCTAVO (08°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha quince (15) del me.....