Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO presentada por los ciudadanos MANUEL FRANCISCO ARCILA PEREZ y GERALDINE DEL VALLE ROJAS CENTENO, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nros. V-12.168.915 y V-13.579.509 respectivamente, asistidos por la abogada YNDIRA DEL CARMEN BALDUZ MARTINEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 74.203. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron matrimonio por ante, Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en fecha 23 de enero del 2025, según acta Nro. 004, folio 004, tomo A, año 2025, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el ej.....