PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana: YASMIRA VIVAS, de DEFENSORA PÚBLICA PROVISORIA PRIMERA (1°) PENAL MUNICIPAL, adscrita a la Defensa Pública del estado Aragua, contra el acta de diferimiento ordenado por el TRIBUNAL PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha veintidós (22) de julio del año dos mil veintiséis (2026), en la causa signada bajo el Nº DP04-S-2026-000043 (Nomenclatura del Juzgado de Instancia).
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana: YASMIRA VIVAS, de DEFENSORA PÚBLICA PROVISORIA PRIMERA (1°) PENAL MUNICIPAL, adscrita a la Defensa Pública del estado Aragua, por cuanto la decisión impugnada es irrecurrible, todo ello de acuerdo a lo previsto en los numeral C del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se ORDENA, notificar a las partes en virtud de haberse proferid.....