En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el Convenimiento en el juicio que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, sigue la ciudadana ANASLIM MAIROBY ARRILLAGA PEREZ identificada con la cedula N° V-13.579.341, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JESUS ALFREDO GONZALEZ VERASTEGUI y ANAIZ ALEJANDRA RODRIGUEZ ROMERO, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-21.101.711 y V-25.447.866, según poder otorgado por ante La Notaria Pública Primera de Maracay, Estado Aragua, en fecha 25 de abril de 2025, bajo el nro. 8, tomo 34, folios 25 hasta 27, debidamente asistida por la abogada ROSMELYS RENDON, inscrito en el inpreabogado bajo N° 116.935, contra la ciudadana MARIA DE LOURDES.....