DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por los ciudadanos YONATHAN ENRIQUE RINCON GODOY y EMILY SUGEIMI MARTINEZ BRITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.757.199 y V-23.791.867 respectivamente, contra el ciudadano WILFREDO RAMON RINCON, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.892.122, en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el DOCUMENTO PRIVADO DE COMPRA VENTA sobre un bien inmueble construido sobre un terreno de tenencia propia, ubicado en el Desarrollo Habitacional, Parcela N° 17, Rosario de Paya, N° 14, Calle N.....