Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: JUAN JOSE LIRA BOLIVAR, TAISA SUSANA LIRA BOLIVAR, SILVIA BEATRIZ LIRA BOLIVAR y LUIS ALBERTO BOLIVAR (fallecido), venezolanos, solteros, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V- 8.739.132, V-9.680.657, V-7.249.527, y (V-5.272.669 fallecido) respectivamente, en su carácter de causahabientes de la ciudadana: HILDA SEBASTIANA BOLIVAR, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-2.239.193, quien falleció en fecha día 07 de noviembre de 2018, tal como se desprende del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio Girardot, Parroquia Andrés Eloy Blanco del Estado Aragua inserta bajo el Nro. Acta 5247, Folio 247, Tomo 21, año 2018; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario .....