Con fundamento en las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: El reconocimiento del contenido y firma extendida en instrumento privado en fecha 03 de marzo de 2026, mediante el cual la ciudadana ARMELIA CARIDAD VERA, titular de la cedula de identidad N° V-11.182.407, mediante documento privado de Compraventa sobre un inmueble y terreno con una superficie aproximada de TRECIENTOS METRO CUADRADOS (300 M2), ubicado en el Sector Topo La Lagunita, Carretera La Victoria, Colonia Tovar, Municipio Tovar, Estado Aragua, al ciudadano SILVIO FELICIANI, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-11.225.474, domiciliado en Municipio Libertador del Distrito Capital, Urb. Los Cedros, Quinta Concepción. Y así se decide.
EL JUEZ.
DR. JOSÉ AN.....